Información de la convocatoria

CONVOCATORIA PROYECTOS ONGD 2018

Modalidad: SUBVENCIONES A PROYECTOS.

Fuente: AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO.

Descripción: Convocatoria de subvenciones para ONGD españolas, para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo en un único país socio de la cooperación española, o en España para iniciativas de educación para el desarrollo .

Dirigido A: De acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 5 de la Orden AEC/2909/2011, de 21 de octubre, podrán acceder a la condición de beneficiario de estas subvenciones: A. Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que a) Esten legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente Registro de Asociaciones, Fundaciones o de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia, como mínimo cinco años antes de la publicación de la convocatoria. b) Esten inscritas en el Registro de ONGD adscrito a la AECID. Los demás requisitos descritos en la resolución de la convocatoria. Para ser beneficiario de un proyecto de Educación para el Desarrollo, la ONGD de que se trate, además de cumplir con los requisitos previstos en el apartado 1.3.B., deberá disponer de una Estrategia de Educación para el Desarrollo. Dicha Estrategia deberá estar disponible en la página web de la entidad y contar con la aprobación de la asamblea, junta directiva o patronato. Los beneficiarios de las subvenciones podrán llevar a cabo su ejecución de las siguientes formas: a) Mediante ejecución directa, con sus propios recursos humanos y materiales, incluyendo aquellos de que dispongan en el país de ejecución a través de sus sedes, delegaciones o filiales b) A través de socios locales del país de ejecución sin que en ningún caso la ejecución total o parcial de la subvención o ayuda por parte de socios locales pueda ser considerada como subcontratación a los efectos del artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Los socios locales, que serán siempre entidades constituidas conforme a la legislación local, deberán estar previstos en los documentos de formulación de los proyectos. Su modificación durante la ejecución del proyecto requerirá la autorización de la AECID. Los socios locales no ostentarán la condición de beneficiario a los efectos de la exigencia de responsabilidades derivadas de la concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria. c) Mediante una combinación de las dos anteriores

Como Aplicar: Se deberá diligenciar formulario electrónico disponible en el apartado Subvenciones a ONGD (Proyectos) de la Sede electrónica, accesible desde la página web www.aecid.gob.es. Este formulario será de uso obligatorio para todos los peticionarios en virtud del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Financiacion: El presupuesto total de la convocatoria en de € 18 millones. La subvención máxima por proyecto no podrá ser superior a los € 900.000

Estado: CERRADO

Observaciones:

Fecha Límite Inscripción: 2018/09/05

Link Oferente: https://www.aecid.gob.es/es/Paginas/DetalleProcedimiento.aspx?idp=280

Para mayor información: